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Subsidio al empleo: Qué es y qué necesitas para aplicar

por Nov 14, 2020Uncategorized6 Comentarios

Aparte de la crisis sanitaria, el COVID-19 ha traído problemas económicos a todos los países, y Chile no es excepción. La producción y actividad económica se ha detenido o se encuentra muy por debajo de los niveles habituales, lo cual ha generado el cierre parcial o total de empresas, y una pérdida importante de empleos.

Como una medida de apoyo a las familias chilenas afectadas por esta situación, el gobierno ha creado el subsidio al empleo, para ayudarles a aminorar los efectos económicos de las medidas de control tomadas para contener la crisis sanitaria.

¿En qué consiste el subsidio al empleo?

Este subsidio es una medida de recuperación que entrega un beneficio de carácter masivo y temporal, con el fin de incentivar el regreso y mantención de trabajadoras/es con contrato suspendido bajo la Ley de Protección al Empleo (LPE) y a la vez fomentar la contratación de nuevas trabajadoras/es.

El subsidio cuenta con dos líneas:

Regresa: entrega a la empresa un beneficio de $160.000 mensual por cada trabajador/a reincorporado/a a sus funciones luego de su suspensión en el marco de la LPE. Se extiende hasta por 6 meses.

Esto ayuda a empresas que hicieron lo posible por minimizar los despidos a la espera de autorizaciones para iniciar nuevamente operaciones.

Contrata: entrega a la empresa un porcentaje de la remuneración mensual bruta por cada trabajador/a postulada/o que sea una contratación adicional que incremente el tamaño de su Planilla de Referencia. Se extiende hasta por 6 meses.

Esta modalidad es un incentivo para impulsar nuevas contrataciones por parte de las empresas.

¿Hasta cuándo te puedes postular?

Para ambas líneas del subsidio las postulaciones estarán abiertas a partir del 28 de septiembre de 2020 y hasta el 31 de marzo de 2021.

¿Quiénes pueden postularse?

La postulación será realizada exclusivamente por las empresas y únicamente a través de la página www.subsidioalempleo.cl. Es importante que consideres que en la página solo podrán activar una línea del subsidio para un mismo trabajador/a.

¿A través de qué medio se comunicará SENCE con las empresas que postulen al beneficio?

Todas las comunicaciones entre SENCE y las empresas postulantes se harán preferentemente por correo electrónico, así que no olvides de estar pendiente de tus mensajes! También podrán realizarse a través de carta certificada.

¿Qué requisitos deben cumplir las empresas para postularse al subsidio?

Modalidad “REGRESA”

Condiciones para empresas

• Tributar en alguno de estos sistemas:

1. En primera categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR)

2. Artículo 20 de la LIR 3. Artículo 22 de LIR

• Tener un 20% o más de disminución de sus ventas del giro o ingresos brutos (UF) acumulados entre abril y julio de 2020, respecto a abril y julio de 2019 de acuerdo con la información que entregue el Servicio de Impuestos Internos (SII). Si la empresa no tiene información acumulada para el cuatrimestre abril-julio de 2019 o el mismo cuatrimestre del 2020, este requisito no aplica.

Condiciones para trabajadoras/es que se postulen al beneficio

• Ser mayores de 18 años.

• Deben haber vuelto a sus funciones tras haberse acogido a la suspensión en el marco de LPE.

• Para los casos de suspensión por acto de autoridad, deberán haber estado vigentes al menos un día durante el período entre el 28 de agosto y el 28 de septiembre de 2020. Para las suspensiones por pacto, deben encontrarse vigentes al 28 de septiembre de 2020.

• Remuneración bruta mensual igual o menor a 3 Ingresos Mínimos Mensuales (IMM)

La página informará a la empresa sobre trabajadoras/es que cumplen con las condiciones antes mencionadas relativas a la suspensión, y si cumple con los requisitos establecidos para acceder a los beneficios, tanto en las condiciones de empresa como de trabajadoras/es. Se

generará una propuesta de postulación y la empresa podrá seleccionar si postula al total de trabajadoras/es o sólo a una parte.

Modalidad “CONTRATA”

Condiciones para empresas

• Tributar en alguno de estos sistemas:

1. En primera categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR)

2. Artículo 20 de la LIR

3. Artículo 22 de LIR

Condiciones de trabajadoras/es

• Mayores de 18 años.

• Contrato con remuneración mensual bruta menor o igual a 3 IMM.

• Ser nuevas contrataciones, adicionales a la Planilla de Referencia.

Las nuevas contrataciones son aquellas que ocurren desde el 28 de septiembre en adelante y que no hayan trabajado para una empresa que sea parte del mismo grupo empresarial de la empresa que realiza su postulación con posterioridad al 28 de septiembre.

IMPORTANTE: No se podrá postular a trabajadoras/es que hayan sido despedidos después del 28 de septiembre de 2020.

Para tener más detalles de los requisitos y el proceso de postulación, puedes descargar gratuitamente este eBook.
Y no olvides que en NovoGestión te asesoramos paso a paso! No pierdas la oportunidad de dar a tu empresa la posibilidad de seguir generando más empleos en medio de esta crisis, si tienes cualquier pregunta sobre qué modalidades se adaptan mejor a las necesidades de tu empresa, no dudes en ponerte en contacto.

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